¿Sabes qué es el sueldo imponible y cómo se calcula? - SCM Latam

¿Sabes qué es el sueldo imponible y cómo se calcula?

Con el fin de realizar una adecuada gestión y administración en una empresa, se debe realizar el cálculo adecuado de las remuneraciones de los colaboradores, por esto en SCM Latam explicamos qué es sueldo imponible, cuál es su importancia y cómo se puede calcular. Al hacerlo de forma correcta, también se evita incurrir en situaciones judiciales con los colaboradores.

Los sueldos imponibles, también conocidos como salarios imponibles, renta imponible o haberes imponibles hacen parte del cálculo del salario de los colaboradores, por lo que es vital conocer de qué se trata, cuáles son y cómo se calculan, en este artículo de SCM LAtam podrás conocer más y resolver tus dudas al respecto.

El cálculo del sueldo imponible es fundamental en la gestión de remuneraciones, pues debes conocer el valor exacto para realizar las respectivas deducciones de ley y, determinar el salario líquido, es decir, el dinero que finalmente será desembolsado al trabajador, para esto es vital llevar un riguroso sistema de control de asistencia de personal.

¿Quieres conocer más sobre las
soluciones de SCM Latam?

¿Qué es el sueldo imponible?


Ahora, veamos qué es el sueldo imponible. Este se refiere a los ingresos de cada colaborador que se consideran, por ley, como remuneraciones. Teniendo en cuenta esto, la premisa base para su cálculo, consiste en restar del sueldo bruto, todas las prestaciones que no constituyen remuneración, lo cual veremos más adelante.

Para esto solo necesitas tener claro cuales son los ingresos considerados como remuneraciones y cuáles no. Según el Código del Trabajo, los ingresos que se consideran remuneraciones son “las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo”.

¿Cuáles son los Haberes Imponibles?

 

    • Sueldo base: Este es la contraprestación fija que recibe el trabajador a cambio de las labores realizadas durante una jornada de trabajo pactadas en el contrato de trabajo. Este no puede ser inferior al salario mínimo. 
    • Sobresueldo: El sobresueldo se refiere a las horas extras de trabajo. Se pagan con, al menos, un recargo del 50% sobre el valor de la jornada ordinaria.
    • Comisión: Corresponde a un porcentaje sobre las ventas u otras operaciones en las que el trabajador toma parte y que representan un ingreso directo para la empresa. Este porcentaje es pautado en el Contrato de Trabajo.
    • Participación: Es una remuneración proporcional a las utilidades de la empresa en determinado tiempo. Su monto se pacta a libre albedrío en el contrato de trabajo.
    • Gratificación: Es similar a la participación. Pero en este caso la remuneración no es acordada por las partes, sino obligada por la ley. El artículo 47 del Código de Trabajo, dice que debe cancelarse en un porcentaje no inferior al 30% de las utilidades. O, en su defecto, el artículo 50 establece que este pago se puede saldar liquidando al trabajador el 25% de lo devengado por remuneraciones mensuales.
    • Aguinaldos: Es la cantidad que el empleador da a sus colaboradores trabajadores en determinados períodos del año como un incentivo. Aunque es un monto opcional, cuando la empresa lo entrega consecutivamente se convertirá en obligatorio, aunque no esté especificado en el Contrato de Trabajo.
    • Bonos: Corresponde a los reconocimientos que el empleador puede pagar a sus colaboradores por el cumplimiento de condiciones relacionadas con metas de producción, responsabilidad, antigüedad, etc.

En pocas palabras, la suma de estos conceptos es la que constituye el sueldo imponible

Haberes no imponibles


Al tener claro cuales son los ingresos que constituyen remuneración, se deben definir aquellos que no pueden entenderse como remuneraciones.
Aquellos que no hacen parte de las remuneraciones son los que corresponden a gastos necesarios para ejecutar el trabajo y no un pago al empleado por la prestación a sus servicios, por ejemplo:

  • Asignaciones de movilización, pérdida de caja, colación y desgaste de herramientas.
  • Asignaciones familiares.
  • Viáticos.
  • Indemnizaciones por años de servicio establecidas por la ley.
  • Prestaciones familiares.

Tener clara esta distinción inicial es de vital importancia. Como ya que, como lo mencionamos anteriormente, las remuneraciones hacen referencia al sueldo imponible, es decir aquel sobre el cual se realizan las respectivas deducciones para efectos del pago de AFP e Isapre (o FONASA), además de aplicarse el Impuesto Único del Trabajo. Por otro lado, los ingresos que no constituyen remuneración permanecen intactos.

¿Cómo se calcula el sueldo imponible en Chile?


Para calcular el sueldo imponible, hay que hacer una operación donde se
restan los ingresos que no constituyen remuneración del sueldo bruto, o también se puede obtener simplemente sumando el sueldo base más gratificaciones, horas extras, comisiones, bonos y demás ingresos o haberes que constituyan remuneración pactados en el contrato de trabajo

La cifra obtenida es la porción de sueldo sobre la que se realizan los descuentos previsionales de AFP y salud (Fonasa o Isapre), también denominados imposiciones

  •  Fonasa o Isapre:  corresponde al 7% del sueldo imponible, este es el porcentaje mínimo estipulado por ley, aunque los trabajadores tienen la libertad de contratar planes de salud con mayor cobertura. En ese caso, el porcentaje de descuento será mayor.
  • AFP: Es el 10% del sueldo imponible por concepto de cotización previsional, más un porcentaje asociado a la comisión de administración cobrada por la AFP, que actualmente varía en razón de una cotización adicional que fija cada administradora y está entre el 0.58% y el 1.44%.

Ten en cuenta que en esta operación no se incluyen la seguridad laboral ni el seguro de cesantía.Una vez aplicados los respectivos descuentos de AFP y salud, tendrás entonces el sueldo líquido que se deberá pagar al colaborador. 

 ¿Cuál es el tope imponible?


Aquí queremos aclarar que el monto a cotizar en AFP o Fonasa-isapre es proporcional al sueldo imponible de cada trabajador, pero existe un límite de sueldo a partir del cual se cotiza por el tope imponible.

Al calcular el sueldo imponible, hay que tener presente que la ley establece topes máximos, que son reajustados cada año por resolución de la Superintendencia de Pensiones según  la variación del Índice de Remuneraciones Reales y se expresa en Unidades de Fomento (UF).

SCM Latam: Expertos en Gestión de la Fuerza Laboral

En SCM Latam somos especialistas en gestión de la fuerza laboral para grandes empresas, tenemos más de 20 años de experiencia en el rubro y trabajamos con más de 100 clientes en 3 continentes, sumando más de 250 mil usuarios marcando día a día. 

Nuestra solución de Control de Asistencia de UKG es una herramienta que ayuda al seguimiento automatizado de las horas trabajadas por los colaboradores, para lograr contabilizarlas de manera precisa, disminuir errores en los pagos de nómina y evitar el trabajo administrativo manual que toma horas.

El cálculo del sueldo imponible es fundamental en la gestión de remuneraciones, pues debes conocer el valor exacto para realizar las respectivas deducciones de ley y, determinar el salario líquido, es decir, el dinero que finalmente será desembolsado al trabajador, para esto es vital llevar un riguroso sistema de control de asistencia de personal.

Si quieres conversar y conocer más de nuestras soluciones, te invitamos a dejar tu información en nuestro formulario y te contactaremos

Aumenta la productividad con nuestra solución de Control de Asistencia UKG

Tabla de Contenidos

Entradas relacionadas: