Uno de los procesos que toda empresa debe saber cómo afrontar es el matrimonio de alguno de sus colaboradores, principalmente en lo que respecta a la ley de matrimonio que cada uno de ellos puede solicitar cuando se casa.
En este artículo revisaremos qué es la licencia por matrimonio, cuáles son los requisitos para obtenerla, cuántos días libres entrega y cómo se paga.
¿Qué es la Licencia por Matrimonio?
Formalmente en la normativa argentina, una Licencia por Matrimonio es una licencia especial que puede gozar cualquier persona que trabaja para alguna empresa u organización.
La licencia por Matrimonio es un periodo de descanso remunerado, regulado legalmente en el artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo N°20.744 (LCT). Este artículo regula las distintas licencias especiales a las que los colaboradores pueden optar al momento de firmar un contrato de trabajo, siendo la Licencia por Matrimonio una de estas.
Requisitos
La licencia por Matrimonio solo tiene dos requisitos para que los colaboradores puedan acceder a ella:
- Que la persona que se casa trabaje en una empresa con contrato laboral, es decir, en una relación de dependencia con su empleador.
- Que el matrimonio se celebre por el Registro Civil.
Los colaboradores que quieran acceder a la Licencia por Matrimonio deben acreditar su matrimonio, con una copia del acta de matrimonio expedida por el registro civil donde se celebró el mismo.
¿Quién la paga?
El empleador es responsable de pagar la remuneración de sus empleados que opten por la Licencia de Matrimonio, de la misma forma que ocurre con las vacaciones.
En ocasiones se genera confusión con respecto a este punto porque ANSES entrega una asignación por matrimonio, beneficio que también pueden recibir los trabajadores con contrato en relación de dependencia. Sin embargo, son elementos diferentes y la Licencia de Matrimonio como tal debe pagarla el empleador.
¿Cuánto dura la Licencia por Matrimonio?
Según lo indicado en el artículo 158, inciso B de la Ley de Código de Trabajo, la Licencia por Matrimonio tiene una duración de 10 días corridos. Sin embargo, esto es solo el mínimo exigido por ley, teniendo muchas empresas y sindicatos beneficios en los cuales se aumenta la cantidad de días de descanso entregados por la Licencia de Matrimonio.
Por ejemplo, los empleados del comercio tienen una Licencia de Matrimonio de 12 días corridos con goce de sueldo.
La Licencia por Matrimonio comienza a regir desde el primer día laboral una vez celebrada la ceremonia civil. Por ejemplo, si el colaborador tiene una jornada laboral de lunes a viernes y se casa un sábado, los 10 días de licencia de matrimonio comenzarán a contar recién el lunes siguiente al matrimonio.
Además, es importante destacar que a diferencia de lo que ocurre con las vacaciones en Argentina, la antigüedad no tiene injerencia alguna en la cantidad de días de descanso que se entregan como parte de la Licencia de Maternidad.
Acumulación con vacaciones
En Argentina los colaboradores tienen un mínimo de 14 días corridos de vacaciones, los cuales van aumentando según la antigüedad del colaborador. Además, los colaboradores deben tomarse las vacaciones entre el 1 de octubre de un año y el 30 de abril del año siguiente, y siempre deben terminar antes del 31 de mayo.
Sin embargo, la Licencia por Matrimonio puede acumularse con el período de vacaciones habitual de cada colaborador y cambiar un poco estas reglas. Primero, es posible sumar ambos descansos para obtener más días libres remunerados.
Segundo, cuando se solicita el período vacacional junto con la Licencia de Matrimonio los días de descanso se pueden tomar en cualquier momento del año.
¿Cómo se calcula la Licencia por Matrimonio?
El artículo 155 de la Ley de Código de Trabajo establece cómo debe pagarse la Licencia por Matrimonio, la cual es igual a cómo se pagan las vacaciones en Argentina.
Esto significa que cuando el colaborador tiene un sueldo mensual, el proceso a seguir es el siguiente: dividir el sueldo mensual entre 25, lo cual entrega la remuneración diaria del colaborador. Una vez obtenido este monto diario, lo único que queda hacer es multiplicarlo por la cantidad de días de descanso que tendrá el trabajador.
Sería así:
Salario mensual / 25 = salario diario
Salario diario x Cantidad de días de licencia = monto a pagar de la licencia.
Es importante mencionar que la remuneración correspondiente al periodo de Licencia por Matrimonio debe entregarse al comienzo del descanso, mismo caso que las vacaciones.
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