Si no sabes cómo se paga el prenatal y postnatal en las empresas, primero que todo, debes tener en cuenta que la base de cálculo de todos los subsidios maternales es una cantidad equivalente al promedio de los últimos 3 meses antes de que llegue la fecha del prenatal, es decir, se tomará el sueldo de los últimos 3 meses, se sacará un promedio y ese promedio será lo que recibe la persona gestante de su Isapre o Fonasa.
Sin embargo, para profundizar más en el tema es importante comprender en qué consiste la licencia prenatal y la postnatal y cómo funciona cada una de ellas.
¿Qué es la licencia de Pre y Postnatal?
Es la licencia por maternidad a la que tiene derecho una madre trabajadora y se otorga en base a permisos prenatales y postnatales, así como consentimiento de los padres después del parto y correspondiente a las siguientes fechas:
- Licencia prenatal: es el período de descanso de 6 semanas, equivalentes a 42 días antes de la fecha de parto.
- Licencia posnatal: es el período de descanso de 12 semanas, equivalentes a 84 días después del parto. Sin embargo, este plazo no es fijo, debido a que la salud del bebé puede prolongar este tiempo:
- Si el bebé nace prematuramente, es decir, antes de la semana 33 de embarazo, o si el bebé pesa menos de 1500 g al nacer, este período es de 18 semanas.
- En caso de dar a luz a dos o más hijos, el período de la licencia posparto se extenderá en 7 días consecutivos por cada hijo a partir del segundo hijo.
¿Se tiene derecho a algún beneficio económico durante este periodo?
Sí, las trabajadoras con un hijo en gestación podrán acceder a un subsidio por Incapacidad Laboral Maternal, cuyo propósito es reemplazar las remuneraciones de la mujer durante el periodo que dure el pre y postnatal.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio de pre y postnatal?
Dependiendo del tipo de trabajo y cotizaciones hechas por la trabajadora, los requisitos serán los siguientes:
Trabajadoras Dependientes:
- Tener contrato de trabajo vigente.
- Contar con una licencia médica autorizada.
- Tener 6 meses de afiliación previsional antes del inicio de la licencia.
- Tener 3 meses de cotizaciones en los últimos 6 meses anteriores al inicio de la licencia.
- Para contratos por día, turnos o jornadas, este último requisito baja a un mes de cotizaciones en los últimos 180 días.
Trabajadoras Independientes:
- Contar con una licencia médica autorizada.
- Aquellas trabajadoras obligadas a cotizar deben presentar un Comprobante de pagos de Cotizaciones emitido por el SII.
- Quienes no tengan la obligación de cotizar, deben tener 6 meses continuos o discontinuos de cotizaciones en un año, desde su afiliación, y estar al día en el pago.
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¿Quién paga la licencia médica de maternidad?
Este monto es financiado por el fondo único de prestaciones familiares, con cargo Estatal, pero es administrado por la institución previsional de salud a la que pertenece la trabajadora (Isapre o Fonasa) o a la Caja de Compensación correspondiente.
¿Quién paga las cotizaciones durante el postnatal en Chile?
El pago de las cotizaciones es muy similar al caso de las licencias médicas. Durante el postnatal el sueldo será pagado por la Isapre, en caso de que la trabajadora esté afiliada. En caso de que esté en Fonasa, el Compin será el encargado.
Es importante tener presente que el mismo será pagado en su totalidad y se calculará con base en el ingreso promedio percibido en los últimos 3 meses anteriores a la fecha de inicio del descanso y permiso obligatorio.
En caso de que este cálculo arroje un sueldo promedio inferior al mínimo, este será aumentado por medio de un subsidio estatal, para que la trabajadora pueda percibir, al menos, el ingreso básico legal en Chile.
Por el lado de las cotizaciones, también serán pagadas por Isapre o Compin, dependiendo de dónde esté afiliada la trabajadora.
De igual manera, estas cotizaciones serán descontadas de tu sueldo, tal como lo plantea la legislación actual.
Este beneficio puede extenderse si se cumplen determinadas condiciones, como se mencionó líneas atrás, y a continuación profundizaremos en el tema.
¿Cómo hacer uso del Permiso Postnatal Parental?
Al término de la licencia postnatal corresponde el Permiso Postnatal Parental, para lo cual no se emite una nueva licencia médica y según la modalidad que opte la trabajadora, debe hacer lo siguiente:
- Jornada completa – 84 días: no es necesario que lo solicite, y la respectiva entidad pagadora del subsidio deberá otorgarlo a contar del día siguiente al término del descanso postnatal.
- Jornada parcial – 126 días: deberá dar aviso a su empleador mediante carta certificada, enviada con 30 días de anticipación, antes del término del postnatal, con copia a la Inspección del Trabajo. El empleador deberá dar aviso a la entidad pagadora del subsidio antes del inicio del permiso postnatal parental.
En caso que el padre haga uso de parte del permiso postnatal parental, él deberá dar aviso a su empleador y al empleador de la madre mediante carta certificada enviada, con diez días de anticipación a la fecha en que hará uso del mencionado permiso, con copia a la Inspección del Trabajo.
El empleador del padre deberá dar aviso a las entidades pagadoras del subsidio, antes del inicio del permiso postnatal parental enviándoles copia de dicho aviso.
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